Economía
Paso a paso para la declaración del IGTF a través del Seniat
De acuerdo a lo establecido en la Gaceta N° 6.687 Extraordinario de fecha 25 de febrero
1 de abril de 2022
Caracas.- El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) publicó una guía sobre la forma de realizar a través de su Portal Fiscal la IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES FINANCIERAS (IGTF) de acuerdo a lo establecido en la Gaceta N° 6.687 Extraordinario de fecha 25 de febrero de 2022.

Al respecto, recuerdan que se fijó la alícuota del dos por ciento (2%) para las transacciones realizadas en Bolívares y en tres por ciento (3%) para las transacciones efectuadas en moneda extranjera, criptomonedas o criptoactivos.

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Para realizar este procedimiento, el equipo de trabajo debe tener instalado, como mínimo: Firefox o Internet Explorer; Adobe Acrobat Reader. Además de estar registrado en el Portal del SENIAT y poseer su respectivo Usuario y Clave de acceso al Portal Fiscal.

Acceso al sistema
1.- Ingrese al sitio o Portal Fiscal del SENIAT, a través de la siguiente dirección de Internet www.seniat.gob.ve.
2.- En la sección TRIBUTOS, haga clic en la opción Servicios de Declaración o pulse el icono que se encuentra en la parte superior derecha de la página. Seguidamente se le presentará la pantalla siguiente.

3.- Coloque el usuario y la clave registrada para ingresar como contribuyente a través del Portal Fiscal del SENIAT y presione el botón Aceptar.
4.- En la sección IGTF haga clic sobre el botón Ir al Sistema.

Módulos del sistema
1. Declaraciones
Esta opción le permite registrar una declaración Originaria o Complementaria, según sea el caso requerido.

Para realizar la declaración del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras debe tomar en cuenta las siguientes consideraciones:
-La periodicidad de esta declaración es quincenal.
-Esta declaración está sujeta al calendario de Retenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
-Solo se generará una (01) declaración originaria y hasta seis (06) complementarias.
-Para registrar una declaración complementaria debe existir una declaración originaria pagada para el mismo período de la complementaria a registrar.

Las alícuotas definidas para esta declaración son:
-Para los montos percibidos en Bolívares: 2%.
-Para los montos percibidos en moneda extranjera, criptomonedas y/o criptoactivos: 3%.
-Una vez que sea registrada la declaración de forma definitiva, y tenga monto a pagar, se generará el respectivo compromiso de pago (Forma 99021) asociado al N° de la declaración registrada. En caso de no tener monto a pagar, se generará el Certificado Electrónico.

Para dar inicio a la declaración siga los siguientes pasos:
1. Seleccione del menú principal la opción Declaraciones / IGTF.
2. Seleccione el Tipo de Declaración (Originaria o Complementaria, según sea el caso), Período y Quincena correspondiente a la declaración a realizar.
3. Presione el botón Continuar para iniciar la declaración.
4. Registre la pantalla siguiente la base imponible y la cantidad de operaciones por cada concepto a declarar.
5. Automáticamente el sistema realizará los siguientes cálculos:
-Monto total de la base imponible en Bolívares, agrupado por la alícuota respectiva, 2% ó 3% según sea el caso.
-Monto total de las operaciones de la alícuota, 2% ó 3% según sea el caso.
-Monto total a pagar.

6. Verifique la información registrada. Si está conforme con la misma, presione el botón Declarar, caso contrario, realice los ajustes necesarios para finalizar la declaración o presione el botón Retroceder.

7. Una vez registrada la declaración, se desplegará la siguiente ventana de información. Haga clic en el recuadro de la X para cerrar dicha ventana y visualizar nuevamente la pantalla con los datos de la declaración.

8. Realizado este paso, podrá observar en la parte inferior de la pantalla que muestra los datos registrados en la declaración, los botones:
Retroceder: le permite regresar a la pantalla anterior.
Formulario: le permite descargar e imprimir la planilla de la declaración.
Compromiso de Pago: le permite descargar e imprimir el compromiso de pago.

Nota:
En caso de poseer una solicitud de anulación de declaración en proceso, y tratar de registrar una nueva declaración para el mismo período, el sistema le mostrará un mensaje en la parte superior de la pantalla de la declaración, indicándole el estatus de la misma. Siendo el caso que requiera imprimir la declaración posterior a la solicitud de anulación, el mensaje igualmente será mostrado en la parte superior de la misma.


2. Consulta:
En este paso el sistema le permite realizar consultas de forma general y detallada, tal como se le indica a continuación:

-Para realizar una consulta en forma general seleccione la Forma y presione el botón Buscar. Seguidamente el sistema le mostrará la información solicitada.
- Para realizar una consulta detallada, es obligatorio seleccionar la Forma. Los demás campos son opcionales y le permite seleccionar uno o varios campos. También puede efectuar la consulta por el número de la declaración. Presione el botón Buscar para generar la consulta.

Notas:
Desde la consulta puede descargar e imprimir la planilla de la declaración, el compromiso de pago o el certificado electrónico de la declaración. Solo debe ubicarse en el campo Acción y posicionar el cursor del mouse sobre el icono correspondiente al documento requerido.
Para iniciar otra consulta sin necesidad de salir de la opción, haga clic sobre el icono para recargar la pantalla y repita los pasos indicados anteriormente.

3. Servicios al Contribuyente
Solicitar Anulación
Esta opción le permite solicitar la anulación de una declaración, siempre y cuando el estatus de la misma sea pendiente de pago.

Seleccione la Forma, Tipo de Declaración, Período y presione el botón Buscar.
El sistema le mostrará la información en base a los datos ingresados. Verifique la información. Si está seguro de la acción a realizar, presione el icono anular para solicitar la anulación de dicha declaración e indique brevemente el motivo de dicha solicitud, siendo este, un campo obligatorio. (Con información del SENIAT)
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VÍA Sabrina Miranda
FUENTE Editoría de Notitarde