La reforma implicó la derogación del artículo 311 del código penal estatal, que imponía de cuatro meses a un año de prisión a las mujeres que voluntariamente procurarán un aborto, y establecía como agravantes que la mujer fuese de "mala fama" o que su embarazo no hubiera sido "fruto de una unión legítima".
Con esta resolución, Zacatecas se convierte en el estado número 17 (de un total de 32) en cumplir con la sentencia emitida en 2021 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se calificó como "inconstitucional" la criminalización del aborto en todo el territorio mexicano.