La venta de pirotecnia en el país es legal siempre y cuando se cumpla lo establecido en la ley sobre permisos y lugares permitidos.
Las personas que vendan pirotecnia al detal, almacenen o transporten, deben contar con permisos de la Dirección General de Armas y Explosivos (DAEX) y de los Cuerpos de Bomberos de su municipio.
El artículo 5 de la ley establece que para la venta, los explosivos deben estar debidamente identificados y etiquetados según las disposiciones legales y normas relacionadas con sustancias, materiales y desechos peligrosos.
El artículo 6 señala que los artificios pirotécnicos de tubo múltiple, como tortas u otros similares, deben exhibir instrucciones para su uso.
Los vehículos para el traslado terrestre de artificios pirotécnicos no pueden exceder de cinco kilos de carga neta de pólvora.
Según el artículo 17, las ventas temporales de pirotecnia no podrán ubicarse a menos de 500 metros de: venta de bombonas de gas licuado de petróleo al detal, tanques externos de almacenamiento de líquidos combustibles e inflamables, gas inflamable.
Tampoco pueden ubicarse cerca de estaciones de servicios de gasolina, gasoil, gas natural, subestaciones generadoras de electricidad, centros asistenciales y educativos, entre otros.
Recientemente se conoció que nueve viviendas quedaron afectadas tras una explosión e incendio que se registraron en la fábrica Juegos Pirotécnicos Don Miguel, ubicada en el callejón Los Jiménez, sector Santa Eulalia, Los Teques. El hecho ocurrió este domingo, lo que se puede evitar con las normas de seguridad.
Autoridades recomiendan que en los lugares de venta y almacenamiento debe haber avisos visibles sobre prohibición de fumar en el área, de encender pirotecnia en la misma; avisos de ubicación de extintores, presencia de servicios eléctricos, entre otros.