Los documentos establecidos por el INTT para circular en moto (+Detalles)
Según lo establecido en el artículo 5 del Instituto
14 de noviembre de 2024
Foto: referencial
País.- Con lo establecido en el reglamento del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), en Venezuela las personas que deseen circular en moto deberán cumplir con una serie de requerimientos.
Tras el artículo 5 del mencionado organismo, en donde se refiere a las motocicletas, deberán cumplir con los siguiente:
- Principalmente deberán estar inscritas en el Registro Nacional de Vehículo, el cual es competencia del INTT.
- Seguro de Responsabilidad Civil vigente.
- Portar la placa identificadora visible.
- Estar solvente en el pago de multas e impuestos.
- Certificado Médico vial de 2do Grado vigente.
Las motos que circulen en la vialidad, deberán este equipada con lo siguiente:
- Dos espejos retrovisor colocados uno del lado derecho y otro del lado izquierdo de la motocicleta.
- Un dispositivo silenciador del escape, que amortigüe las explosiones del motor.
- Una bocina.
- Dos faros en la parte delantera, que permitan distinguir a una distancia de 150 metros al vehículo.
- Una luz de color rojo en la parte trasera del vehículo, que sea visible de noche a cien metros de distancia.
- Un sistema de frenos adecuado para detener el vehículo en una distancia de 5 metros, cuando éste circule a una velocidad de treinta kilómetros por hora.
- Dos reflectores rojos en la parte trasera, colocados en forma tal que indiquen el ancho máximo del vehículo cuando éste posea más de dos ruedas.
De esta misma manera, el INTT resalta que la capacidad máxima que pueden transportarse en una moto es de dos personas, incluido el conductor.
VÍA
Equipo de Redacción Notitarde
FUENTE
Editoría de Notitarde