El Poder Popular en Venezuela está a horas de demostrar, una vez más, su poderío a través de la participación directa y protagónica, en lo que serán las elecciones de juezas y jueces de paz comunal, a propósito de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia de Paz Comunal, aprobada por la Asamblea Nacional (AN) el pasado mes de noviembre.
Este evento electoral cuenta con las postulaciones de más de 52 mil ciudadanos y ciudadanas en 4 mil 861 comunas y circuitos comunales, de los cuales serán electos alrededor de 15 mil juezas y jueces titulares y 15 mil suplentes, quienes iniciarán un proceso de formación durante dos meses bajo la guía del Magistratura.
El artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece: “La ley organizará la justicia de paz en las comunidades. Los jueces o juezas de paz serán elegidos o elegidas por votación universal, directa y secreta, conforme a la ley. La ley promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualesquiera otros medios alternativos para la solución de conflictos”.
El movimiento popular venezolano, tras años de construcción, ha venido madurando la necesidad de autogestionar los diferentes procesos en el seno de las comunidades, y hoy se materializan las posibilidades que abrió la Ley Orgánica de Jurisdicción Especial, impulsada desde el año 2012.
Esta ley en su artículo 1 dispone que la normativa tiene por objeto establecer las normas de organización y funcionamiento de la justicia de paz comunal, como ámbito de participación del Poder Popular y jurisdicción especial del Sistema de Justicia, para la preservación de la armonía en las relaciones familiares, la convivencia vecinal y comunitaria, así como para resolver los asuntos derivados de las actuaciones de las instancias y organizaciones del Poder Popular.