Empresa de lácteos de Miranda amaneció tomada por efectivos policiales
Trabajadores denuncian que le negaron el ingreso a 150 compañeros
Carabobo.- La mañana de este lunes 2 de octubre trabajadores de la
empresa de lácteos Parmalat, ubicada en el
municipio Miranda del estado Carabobo, denunciaron que no pudieron entrar a trabajar ya que cuando llegaron se encontraron con que las instalaciones estaban tomadas por organismos de seguridad y las puertas de acceso cerradas.
Miembros del sindicato indicaron que, pese a que actualmente hay una
mesa de negociación entre ambas partes, este lunes se encontraron con la sorpresa de que no iban a dejar ingresar a 150 trabajadores, aproximadamente.
Los trabajadores señalaron que, aun cuando -hasta el momento de esta nota, 10:00 a.m.-, ningún representante de la empresa había salido a hablar con ellos y explicar qué pasa, de manera informal conocieron que la empresa indica que este grupo de empleados “
por ahora estarán de permiso remunerado y estamos garantizando sus beneficios mientras dure el permiso”, esto al parecer alegando una presunta baja producción lo que los llevó a tomar dicha medida, amparándose en el artículo 148 de la Ley de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras
Los
sindicalistas por su parte rechazan la medida por considerarla arbitraria y tomada de manera unilateral, “
nadie les garantiza a esos trabajadores que realmente les van a cancelar sus beneficios, podríamos estar ante un despido masivo”, alegaron.
Relataron que 228 trabajadores el 13 de febrero de este año introdujeron un proyecto de convención colectiva de trabajo en la Inspectoría César Pipo Arteaga de la ciudad de Valencia el cual hasta la fecha no ha sido admitido.
Indicaron que la empresa por su parte introdujo una solicitud amparándose en el artículo 148 el 25 de mayo de este año y fue admitido un día después, “hoy día estamos en una
mesa de diálogo en Caracas en el ministerio del trabajo tratando de cerrar dicha mesa y de que admitan nuestro proyecto de convención colectiva y nos encontramos con esto”, explicaron.
A las afueras de la empresa hay un comunicado indicando los motivos de la medida.
Aseguran que la medida tomada por la empresa estaría violando la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus artículos 87,89 y 93 constitucional.
Al cierre de esta nota los trabajadores permanecían apostados a las afueras de la empresa exigiendo dejar ingresar al personal y a la espera de una comisión del Ministerio de Trabajo.
Qué dice el artículo 148 de la Lottt
Cuando por razones técnicas o económicas exista peligro de extinción de la fuente de trabajo, de reducción de personal o sean necesarias modificaciones en las condiciones de trabajo, el Ministerio del poder popular con competencia en materia de trabajo podrá, por razones de interés público y social, intervenir de oficio o a petición de parte, a objeto de proteger el proceso social de trabajo, garantizando la actividad productiva de bienes o servicios, y el derecho al trabajo.
A tal efecto instalará una instancia de protección de derechos con participación de los trabajadores, trabajadoras, sus organizaciones sindicales si las hubiere, el patrono o patrona.
Los trabajadores y trabajadoras quedarán investidos de inamovilidad laboral durante este proceso.
El reglamento de esta ley regulará la instancia de protección de derechos.
En caso de existir convención colectiva, y si resulta acordada la modificación de condiciones contenidas en él, dichas modificaciones permanecerán en ejecución durante un plazo no mayor del que falte para que termine la vigencia de la convención colectiva correspondiente.