Del mencionado club, el cumpleañero, familiares y amigos tomaron una embarcación para trasladarse a la isla La Terekaya, enclavada en el río Caroní.
Ya en el sitio, José y Ángela se alejaron de todos para sumergirse en el agua, aun cuando le advirtieron del peligro por la profundidad del Caroní en esa zona, es por ello, que en la investigación realizada por el Ministerio Público (MP) señala que los presentes en el festejo ‘’necesariamente debieron darse cuenta de las verdaderas intenciones de José Alberto Cedeño, sin embargo, permanecieron estáticos ante tan grave riesgo”.
Según la investigación, Cedeño convenció a la adolescente de dirigirse a aguas más profundas ‘’con el fin de satisfacer sus instintos sexuales’’, y transcurrido un tiempo, Cedeño regresa e informa que Ángela Aguirre se encontraba extraviada, y en vez de iniciar con labores de búsquedas, todos se regresaron al Club Ítalo.
Cuando llegó el momento de enfrentarse a los padres de la adolescente, les informaron que ella se había perdido en el río.
A los tres días, es decir, el 26 de marzo de 2019, el cadáver de Ángela fue localizado en las inmediaciones del balneario El Rey, río Caroní, Puerto Ordaz (Bolívar).
En abril de ese año 2019, la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia intervino y ordena que el expediente sea llevado ante un tribunal competente en delitos de violencia contra la mujer porque ‘’de las actuaciones emergen indicios de abuso sexual contra la víctima, quien es una adolescente’’.
Una vez el expediente es radicado en Caracas, la instancia encargada comenzó el juicio el 21 de octubre de 2019, contra siete acusados: José Alberto Cedeño Rodríguez y su padrino José Antonio Zorrilla Zorrilla por femicidio agravado, entre otros, fueron sentenciados a 29 años de prisión pero quedaron absueltos del delito de violencia sexual agravada.
Mientras que, Glauber Jesús Zorrilla Ríos, Orlando Abraham Salazar Vargas y Wilmer Antonio Díaz Urbano fueron hallados culpables del delito de omisión de socorro, siendo condenados al pago de una multa equivalente a 275 unidades tributarias (Bs 2.475 en la actualidad). Para todos les fue decretada libertad plena. Y resultaron absueltas, Joselyb Gregoria Barreto González y Dayana Carolina Niceza Cancino.
El citado juicio concluyó el 23 de agosto de 2021.
Luego de que los abogados defensores introdujeran recursos para apelar la sentencia, dicha condena quedó incólume, tal como se lee en la sentencia número 610 redactada por la magistrada Carmen Marisela Castro y avalada por sus colegas de la Sala Penal, Elsa Gómez y Maikel Moreno.